Aileen
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· Jul 23, 2025

La Nueva 'Ley de Influencers' en España: Cómo adaptar tus contratos y campañas al Real Decreto 444/2024

Ley de Influencers España

El panorama digital español ha sido testigo de una transformación significativa con la entrada en vigor del Real Decreto 444/2024, de 30 de abril, publicado el 1 de mayo de 2024 y vigente desde el 2 de mayo de 2024. Esta normativa, que desarrolla el artículo 94 de la Ley 13/2022, de 7 de julio (Ley General de Comunicación Audiovisual – LGCA), marca un antes y un después en la regulación de la actividad de los ahora formalmente reconocidos ‘influencers’ en España. El objetivo principal es equilibrar el acceso a contenidos, la protección de los usuarios y la competencia leal en el mercado audiovisual.

¿Quién está afectado por esta “Ley de Influencers”? Los ‘Usuarios de Especial Relevancia’

Es crucial entender que esta ley no aplica a todos los creadores de contenido, sino específicamente a quienes el Gobierno denomina ‘Usuarios de Especial Relevancia’ (UERs) o High Profile Influencers (HIPIs). Para ser catalogado como UER y, por tanto, estar sujeto a la nueva legislación, un creador de contenido debe cumplir tres criterios de forma acumulativa:

  1. Ingresos Significativos: Obtener ingresos brutos anuales iguales o superiores a 300.000€ procedentes de su actividad en servicios de intercambio de vídeos durante el año natural anterior. Esto incluye remuneraciones dinerarias o en especie, así como ingresos por cuotas de audiencia o prestaciones públicas.
  2. Audiencia Significativa: Contar con un mínimo de 1.000.000 de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o 2.000.000 de seguidores sumando todas las plataformas en las que desarrolle su actividad.
  3. Frecuencia de Actividad: Haber publicado o compartido 24 o más vídeos en el año natural anterior, independientemente de su duración.

Aquellos ‘influencers’ que no cumplan con estos umbrales quedan fuera de las obligaciones de este Real Decreto, aunque podrían estar sujetos a otras normativas de publicidad y consumo.

Obligaciones Clave para los ‘Usuarios de Especial Relevancia’

Si cumples con los criterios para ser un UER, estas son tus nuevas responsabilidades:

  • Inscripción en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales: Es una obligación fundamental. El plazo inicial para esta inscripción fue de dos meses desde la entrada en vigor del Real Decreto (es decir, hasta principios de julio de 2024).
  • Transparencia Publicitaria: Debes identificar de forma clara e inequívoca todas las comunicaciones comerciales o el contenido publicitario. La publicidad encubierta está prohibida. Se deben utilizar etiquetas visibles, como #publicidad o #patrocinado, para asegurar que la audiencia distinga entre contenido editorial y promocional.
  • Restricciones de Contenido Publicitario: Los UERs están sujetos a limitaciones similares a las de los medios de comunicación tradicionales. Esto incluye la prohibición de promocionar productos o servicios que atenten contra la dignidad humana, especialmente la de menores. Asimismo, existen restricciones severas sobre la publicidad de alcohol, tabaco, medicamentos o juegos de azar, particularmente cuando se dirige a menores o se emite en horarios de protección reforzada.
  • Protección del Menor: Debes tomar medidas activas para salvaguardar a los menores de edad de contenidos y comunicaciones comerciales audiovisuales que puedan perjudicar su desarrollo físico, mental o moral. Se busca evitar mensajes que fomenten el culto al cuerpo, el consumo compulsivo o la discriminación.

El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear multas significativas, que van desde los 10.000€ hasta los 1,5 millones de euros, dependiendo de la gravedad de la infracción y el nivel de ingresos del UER.

Adaptando Contratos y Campañas: Un Rol Compartido con Marcas y Agencias

La 'Ley de Influencers' no solo impacta directamente a los creadores de contenido; las marcas y las agencias que colaboran con ellos comparten una responsabilidad crucial en garantizar el cumplimiento normativo.

Ahora más que nunca, es vital:

  • Revisión Contractual exhaustiva: Los contratos entre marcas, agencias e influencers deben actualizarse para incluir cláusulas explícitas que reflejen las nuevas obligaciones de transparencia, las restricciones de contenido y la responsabilidad editorial. Es fundamental definir con precisión la naturaleza comercial del contenido.
  • Formación y Concienciación: Es imprescindible que tanto los equipos de marketing de las marcas como los propios influencers estén completamente informados y capacitados sobre las implicaciones del Real Decreto 444/2024. La formación continua es clave para navegar correctamente este nuevo marco legal.

El Real Decreto 444/2024 representa un paso importante hacia una mayor transparencia y profesionalización en la industria de los creadores de contenido en España. Adaptarse proactivamente a esta nueva realidad no solo asegura el cumplimiento legal, sino que también fortalece la confianza de la audiencia y la credibilidad del sector en su conjunto. La colaboración y el conocimiento son, sin duda, los pilares para una transición exitosa..

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